dijous, 2 de juliol del 2020

Un anàlisi de FOESSA sobre els ingressos mínims


Ingresos mínimos: cobertura limitada, alta desigualdad territorial y baja intensidad protectora

por Comunicación ITD
La Fundación FOESSA publica, dentro de su serie “Focus” un análisis sobre el sistema de ingresos mínimos en España, a raíz de la aprobación, el pasado 29 de mayo, del Real Decreto-ley 20/2020 por el que se establece el ingreso mínimo vital (IMV) en el país.
Bajo el título Vulneración de derechos: Ingresos mínimos, los expertos de FOESSA analizan en tres capítulos el modelo español, con objeto de identificar los puntos débiles del modelo propuesto, el grado de respaldo social del mismo y lo que su implementación pueden suponer para reducir la pobre extrema importante o para acabar en otra oportunidad pérdida.
Como se señala en la introducción, “el sistema de ingresos mínimos se plantea como uno de los soportes básicos de la protección social para el mantenimiento de un nivel de vida digno de la ciudadanía” y “su objetivo primordial es facilitar un bienestar mínimo a la población vulnerable reduciendo la pobreza”. “Sin embargo –subrayan los autores—, el modelo español desde su origen ha presentado tres principales elementos deficitarios: un alto grado de desigualdad territorial, una baja intensidad protectora y una cobertura limitada.
Este “Focus” analiza la intensidad protectora que a fecha de hoy ofrecen los distintos sistemas de ingresos mínimos que, desde criterios muy desiguales, han ido desarrollando en las últimas cuatro décadas las 17 Comunidades Autónomas y las dos ciudades autónomas de nuestro país. Y alerta de que, aunque la aprobación de un IMV de ámbito estatal es un claro avance, “si no se desarrolla adecuadamente a nivel reglamentario y si no se articula adecuadamente con los sistemas existentes en las Comunidades Autónomas, se tratará de una oportunidad pérdida para los hogares más vulnerables”.

Un “sistema” desigual que no cubre el objetivo que se propone

A fecha de hoy y según la memoria de las rentas mínimas que publica anualmente el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, se extraen, entre otras, las siguientes conclusiones.
– Se trata de un sistema con baja capacidad protectora y escasa cobertura. El nivel de inversión es muy desigual e incluso en declive en el último año. En muchas CCAA, las rentas mínimas no son un derecho subjetivo, sino que se trata de una prestación dependiente de la disponibilidad presupuestaria. Tras años de aumento leve pero constante, el monto total ejecutado en materia de RMI ha descendido en un 1,61%, pasando de 1.544,4 millones de € en 2017 a 1.519,6 millones de € en 2018.
– La cobertura de las rentas mínimas, es decir, a cuántas personas en situación de pobreza llegan estas ayudas, es uno de los puntos débiles más flagrantes del sistema de protección social español. El promedio de las rentas mínimas de inserción implementadas por las Comunidades Autónomas deja a más del 93% de las personas en situación de pobreza en España sin recibir este tipo de ayudas.
– En España, más de 2,6 millones de personas viven bajo el umbral de la pobreza severa (30% de la mediana de ingresos, según la Encuesta de Condiciones de Vida del INE 2018), mientras que la población beneficiaria de las rentas mínimas, alcanza a más de 679.000 personas (un 12,8% menos que en 2017). En términos de cobertura de los sistemas de garantía de ingresos mínimos, los beneficiarios de las rentas mínimas, apenas alcanza al 29% de la población bajo el umbral de la pobreza severa. Una desprotección que afecta a dos de cada tres personas en estas circunstancias.
– La tasa de cobertura que oscila desde el 4,9% en Andalucía o 5,8% en Castilla La Mancha, las regiones con menos extensión, y alcanza hasta el 274% de la población en pobreza severa en Navarra, 175% en el País Vasco o 145% en Asturias, las regiones con una cobertura más desarrollada. Una vez más son evidentes las diferencias territoriales en el desarrollo del sistema.

Un derecho con enorme respaldo social

El estudio de FOESSA indica que según el barómetro del CIS de mayo, la mayoría de personas encuestadas avala la iniciativa de un ingreso mínimo vital de carácter estatal (83,4%). De acuerdo a los resultados de su propia encuesta EINSFOESSA de 2018 (Encuesta Sobre Integración y Necesidades Sociales de la Fundación FOESSA), existe también un amplio respaldo social por parte de la ciudadanía acerca de la importancia e idoneidad de un sistema de garantía de ingresos mínimos para proteger a la población, en particular la más vulnerable: el 88,1% de la población de España cree que quienes reciben ayudas sociales lo hace porque las necesitan para vivir; un 47,3% piensa que las Administraciones públicas deberían desarrollar políticas de garantía de rentas para todo el mundo, y en un 49,7% solo para quienes lo necesiten. Asimismo, el juicio de la inmensa mayoría entre quienes las reciben es que las rentas mínimas cubren poco o casi nada las necesidades básicas (entre ambas suman el 84% de las respuestas).

Avance importante u oportunidad pérdida

Los autores del estudio aseguran que la aprobación del Real Decreto 20/2020, representa un paso muy importante que sitúa a España un poco más cerca de la media europea de protección social. Según cálculos del Ejecutivo, el IMV llegaría a 850.000 hogares (2,3 millones de personas), con lo que se triplica la protección a la población con escasos recursos en España. No obstante, y a falta del fundamental desarrollo reglamentario, se mantienen muchas incógnitas sobre si el nuevo sistema de ingresos mínimos será capaz de garantizar la efectividad de ese nuevo derecho subjetivo.

Déficits identificados

Se subraya la necesidad de “ser vigilante y seguir trabajando para que el sistema de protección social no deje a nadie atrás, en particular a los más vulnerables”. En esa línea, recogen los déficits ya identificados por Cáritas en su nota de valoración del Real Decreto, al dejar algunos aspectos sin resolver que pueden acabar suponiendo una oportunidad perdida para incluir en el sistema de protección.
Este “Focus” recuerda los retos de futuro a la hora de poner en marcha esta nueva medida protectora para que realmente permita cubrir las necesidades y otorgar un derecho real a la población más vulnerables. Entre estas cabría destacar:
– Las personas en situación administrativa irregular.
– Las personas jóvenes emancipadas menores de 23 años.
– Las familias que viven en habitaciones compartiendo la vivienda con más de dos familias.
– La vinculación al empleo y la obligación de constar como demandante de empleo, lo que supondrá que las personas que por sus circunstancias (enfermedades crónicas, por ejemplo) no pueden tener una inclusión en el mercado laboral no podrán acceder a la prestación.
– Las personas que estén residiendo de forma permanente en lugares con financiación pública. Hay personas en situación de exclusión que participan en proyectos de inclusión en espacios residenciales y que serían claros destinatarios del Ingreso Mínimo Vital.
Cabe señalar la necesidad de que las Comunidades Autónomas mantengan la inversión que actualmente destinan a las prestaciones de garantía de ingresos mínimos autonómicas como prestación económica que pueda complementar el Ingreso Mínimo Vital o dar cobertura a aquellos perfiles a los que el IMV no llegue.
Junto a ello, urge racionalizar el sistema de prestaciones para optimizar su impacto, sin que ello suponga una reducción de los fondos destinados a ellas; acompañar el IMV con un complemento de vivienda que evite que el importe de la nueva prestación se destine casi únicamente al coste de la vivienda y de los suministros (el coste de la vivienda y la inversión que las familias tienen que dedicar al pago de la misma supera el 50% de los ingresos en muchos hogares); y facilitar por parte de las Administraciones los mecanismos de empadronamiento, dado que esta es condición sine qua non para poder solicitar el ingreso mínimo vital.